Los Centros de Padres y Apoderados son la organización que representa a las familias en el colegio Su misión es abrir caminos para que éstas participen más directamente en la educación de sus hijos e hijas.
Los padres, madres y apoderados que deseen participar en un Centro de Padres podrán hacerlo según sus posibilidades, a través de los siguientes organismos: La Asamblea General, el Directorio, los Sub-Centros y el Consejo de Delegados de Curso.
La creación de los Consejos Escolares, en los cuales están representados los padres y apoderados, es una oportunidad para que estos se informen, propongan y opinen sobre materias relevantes para la educación de sus hijos.
Importante
Ser parte de una organización de padres es una opción voluntaria.
El Directorio debe ser elegido anualmente por la Asamblea General en votación universal, secreta e informada, dentro de los 90 días de iniciado el año escolar.
El monto de las Cuotas del Centro de Padres debe ser aprobado por el Consejo de Delegados de Curso. En los establecimientos subvencionados (municipales y particulares) su pago es voluntario y su valor no puede exceder a 0,5 UTM anuales ( $ 17.340 aprox. en Marzo 2008).
El Directorio debe entregar anualmente una Cuenta Pública, es decir, un informe donde rinde cuentas de su trabajo en ese período.
La Personalidad Jurídica es el reconocimiento legal de la existencia del Centro de Padres. Obtenerla le permite comprar, vender y administrar recursos económicos, pudiendo acceder a fondos de financiamiento a través de proyectos. También hace más transparente y democrático el funcionamiento del Centro de Padres.
Los Centros de Padres pueden asociarse en distintos niveles: por comunas, provincias, regiones y a nivel nacional (Asociaciones de Centros de Padres).
"De un sueño de maestra
hacia el mundo del saber,
en el fondo de tus aulas
un mundo por conocer."
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